GD GOBIERNO ESCOLAR

La institución Educativa Técnica Nacionalizada Pablo VI  se encuentra organizada según la legislación educativa colombiana y su decretos reglamentarios siempre con el fin de alcanzar las metas de calidad entre todos los miembros de la  Comunidad Educativa.

CONSEJO DIRECTIVO: Integrado de acuerdo a lo establecido en el Articulo 21, Decreto 1860/94.
CONSEJO ACADEMICO: Integrado de acuerdo a lo establecido en el Articulo 24, Decreto 1860/94.
PERSONERO ESTUDIANTIL: Elegido acorde a lo establecido en el decreto 1860 de 1994.
CONSEJO DE ESTUDIANTES: Conformado por los estudiantes representantes de cada grado elegidos en el primer mes del año lectivo de acuerdo a la normatividad vigente.

ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA: Conformada de acuerdo a  lo establecido en el Articulo 30, Decreto 1860/94.

CONSEJO DE PADRES: Conformado de acuerdo a lo establecido en el Articulo 31, Decreto 1860/94.

COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Conformado de acuerdo al Sistema Institucional Evaluación SIEE. Establecido en el decreto 1290

COMITÉ DE CONVIVENCIA. Decreto 1716 de Mayo 14 de 2009
MANUAL DE FUNCIONES


La  Institución Educativa Técnica Nacionalizada Pablo VI determina  en consenso el siguiente manual de funciones para cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, de esta manera se permite delimitar las funciones y hacer más efectivo el trabajo en la Institución.

La Estructura de los cargos en la I.E. TECNAPAVI ES
Nivel
Cargo
Nivel  Directivo
·            Rector
Nivel Directivo Docente
·            Coordinadores (dos)
Nivel  docente
·            Docentes
Nivel  Administrativo
·            Secretaría
·            Auxiliar de servicios generales
·            Celadores



ROLES ADICIONALES

Nivel  docente
·            Coordinador de Calidad
·            Jefe de Área
·            Directores de curso
·            Comite para el S.G.C.

                                                                      

NIVEL DE PARTICIPACIÓN Y APOYO
Niveles de apoyo
·            Asociación de Padres de Familia
·            Comisión de Evaluación y Promoción.
·            Comité de convivencia
Órganos de Gobierno
·            Consejo Directivo
·            Consejo Académico.
·            Consejo Estudiantes
·            Consejo de Padres 
·            Personero(a).

 

  Rector


Le corresponde al Rector del Establecimiento Educativo  (Decreto 1860 de 1994; Ley 715 de 2001; Decreto 992 de 2002);

·         Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.

·         Velar por el cumplimiento de las funciones de los Docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto;

·         Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Establecimiento;

·         Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciados de la Institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria;

·         Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;

·                  Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo Académico;

·         Identificar las nuevas tendencia, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional;

·         Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la Ley, los Reglamentos y el Manual de Convivencia;

·         Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar;

·         Representar el Establecimiento Educativo ante las autoridades educativas y la comunidad escolar;

·         Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.

·         Hacer cumplir las funciones  que por conducto regular le atañen.

·         Aprobar  la admisión de estudiantes, profesores, personal administrativo  de apoyo y servicios generales.

·         Promover la evaluación permanente

·         Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas;

·         Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Distrital, municipal, departamental o a quien haga sus veces;

·         Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con novedades y permisos;

·         Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente y en su selección definitiva;

·         Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos-docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia y darlas a conocer a la comunidad educativa.

·         Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos-docentes y administrativos a su cargo;

·         Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinarios de conformidad con las normas vigentes;

·         Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación;

·         Suministrar información oportuna al Departamento, distrito o Municipio, de acuerdo con sus requerimientos.

·         Velar por el buen desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad

·         Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución;

·         Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa, al menos cada seis meses;

·         Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en términos de la presente Ley, además de:

v  Elaborar el Proyecto anual de presupuesto de Fondo de Servicios Educativos de la Institución, según el nivel de desagregación, señalado en el artículo 4º del Decreto 992 de 2002 y presentarlo para aprobación al Consejo directivo;
v  Elaborar el flujo de caja del fondo estimado mes a mes, hacerle los ajustes correspondientes y presentar los informes de ejecución por lo menos cada tres meses, al Consejo Directivo;
v  Elaborar los proyectos de adición presupuestal debidamente justificados y presentarlos para aprobación al Consejo Directivo, así como también los proyectos relacionados con los traslados presupuestales;
v  Celebrar los contratos y convenios, suscribir los actos y ordenar los gastos con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el flujo de caja y el plan operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería;
v  Firmar los estados contables y la información financiera requerida y entregarla en los formatos y fechas fijadas para tal fin;
v  Efectuar la revisión de cuentas en los formatos y fechas establecidas por los entes de control;
v  Publicar en un lugar visible de la Institución, de fácil acceso, el informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con la periodicidad que indique el Consejo Directivo;
v  Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal, a las autoridades educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el Establecimiento Educativo Estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos, si los hubiere.


·         Las demás que le sean inherentes a su cargo



  COORDINADOR ACADÉMICA Y DE CONVIVENCIA SOCIAL.

 Teniendo en cuenta que el artículo 129 de la Ley 115  (Ley General de la Educación), señaló dentro de los Cargos Directivos Docentes, el de COORDINADOR, sin hacer distinción alguna; los establecido en el Artículo 10 del Decreto 3020 del 2002, la Directiva Ministerial Nº 15 del 2002; se hace necesario establecer las funciones del Coordinador, además de las que asigna la ley en el Manual de convivencia se adoptan los siguientes, para garantizar el normal funcionamiento de la Institución Educativa.


1.    Promover la sana convivencia dentro de la comunidad educativa.
2.    Dinamizar el  Proyecto Educativo Institucional.
3.    Preocuparse porque que la programación institucional sea integral  y facilite la realización de la filosofía y objetivos del  colegio.
4.    Cumplir a cabalidad irrenunciable e inexcusablemente con las disposiciones de leyes actuales y complementarias de su labor administrativa, como primer garante antes las autoridades pertinentes jurídicas y policivas.
5.    Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, dichos objetivos y políticas que generen una educación pertinente de calidad.
6.    Velar por el buen desarrollo de los procesos formativos.
7.    Mantener una actitud de escucha  ante los problemas y necesidades de  los diferentes miembros de la comunidad educativa.
8.    Motivar a la comunidad educativa para que profundice el compromiso de la tolerancia, la convivencia y el desempeño curricular exitoso.
9.    Velar por el bienestar de la comunidad educativa.
10. Asesorar a los profesores en los proyectos pedagógicos a nivel conceptual y práctico.
11. Estar comprometido con la identidad del Colegio.
12. Velar porque los miembros de la comunidad sean coherentes en  su actuar.
13. Propiciar el diálogo y ser conciliador entre los miembros de la comunidad.
14. Liderar el crecimiento de la comunidad educativa.
15. Promover, propiciar y alentar a toda la comunidad educativa a dar estricto cumplimiento a las normativas institucionales y de ley correspondientes al ámbito escolar, al ejemplo y la tolerancia, el respeto y la calidad de vida digna en el ámbito escolar.
16. Establecer los espacios y condiciones para una adecuada capacitación a toda la comunidad frente a los cánones y efectos de ley contemplados en la ley de Infancia y Adolescencia, las sentencias de la corte constitucional y la Ley de los Garantes.
17. Cumplir con su obligación de ley de denunciar y poner de conocimiento de las autoridades pertinentes, todos los casos que se consideren punitivos o jurídico-legales sin excepción, dando estricto cumplimiento a la Ley de los Garantes y al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia y Adolescencia siguiendo el debido proceso.
18. Exigir de todas las instancias de la institución el respeto y obediencia al debido proceso.
19. Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, dichos objetivos y políticas que generen una educación pertinente y de calidad.
20. Acompañar los procesos pedagógicos de las distintas áreas, ofreciendo elementos para el mejor desempeño de los docentes en las aulas.
21. Establecer los cronogramas para el seguimiento de los procesos pedagógicos institucionales.
22. Propiciar un ambiente de reflexión pedagógica en los docentes y estudiantes, que posibilite una construcción colectiva  del currículo.
23. Crear instrumentos para la evaluación continua y sistemática de los procesos pedagógicos de la institución. (Ficha disciplinaria del estudiante)
24. Fomentar la investigación y capacitación de los docentes para el mejor ejercicio de su labor.
25. Hacer el control pedagógico en las áreas, niveles y proyectos.
26. Velar para que se  construya y se dé el énfasis del colegio según convenio SENA.
27. Proponer cambios que favorezcan la dinámica de la institución.
28. Propiciar el conocimiento y la construcción de los  campos del P.E.I. del colegio.
29. Velar por la socialización e interiorización del manual de convivencia.
30. Fomentar las buenas relaciones entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
31. Participar en el consejo académico.
32. Asistir a los actos comunitarios.
33. Programar  orientaciones de curso de acuerdo  al proyecto de Convivencia social del Colegio.
34. Coordinar el Comité de Calidad.
35. Hacer ajustes al S.G.C


 DEBERES DE LOS (AS) EDUCADORES(AS)

1.    Acatar las normas legales vigentes en el trato con Infancia y Adolescencia (menores de edad) reglamentadas en la Ley de Infancia y Adolescencia 1098.
2.    No incurrir en encubrimiento, complicidad, negligencia u omisión en casos relativos a cualquiera de los estudiantes, lo anterior se considera como una acción punible de la cual responderá en primera persona frente a las instancias legales y jurídicas pertinentes.
3.    Conocer plena y absolutamente su responsabilidad legal frente a su actuación con los alumnos y  las  alumnas para no caer en acciones omisivas o cómplices. Dando cumplimiento al Articulo 44 numeral 4 y numeral  9 de la Ley de Infancia 1098.
4.    Conocer y asumir la Filosofía y testimonio católico de la institución y la totalidad del Manual  de Convivencia.
5.    Ofrecer una formación con ética y profesionalismo, convencido(a) de su vocación pedagógica.
6.    Procurar dentro de su tiempo de clase y con su testimonio de ejemplo promover un trato respetuoso y ético acorde a la necesidad del colegio.
7.    Orientar y formar con su testimonio de vida.
8.    Promover relaciones cordiales,  respetuosas  y solidarias  en  la comunidad educativa.
9.    Capacitarse y actualizarse.
10. Estar al día en teorías pedagógicas, en temas de investigación, en metodología actual de investigación cualitativa y cuantitativa como en los procesos metodológicos de investigación.
11. Ser responsable y comprometido con su misión de docente  a través de su ejemplo.
12. Mantener una relación abierta y continua con los padres de familia.
13. Conocer y acompañar el proceso formativo del o la estudiante.
14. Participar puntual y activamente en todas las actividades organizadas por la comunidad educativa.
15. Abstenerse de organizar sin la previa autorización de las directivas del plantel rifas, paseos, exigir libros o vender material pedagógico  y pedir dineros a los y las estudiantes,  como también el realizar cualquier tipo de trabajo con los y las estudiantes  o  padres de familia.
16. Solicitar con la debida antelación los permisos para ausentarse de la institución, dejando por escrito al respectivo coordinador académico y  de convivencia social los reemplazos y actividades a desarrollar. Según el caso y la normatividad del Estatuto Docente.
17. Entregar a la coordinación académica y de convivencia social la planeación referente a todas sus actividades.
18. Dar a conocer a los y las estudiantes la evaluación de su proceso de formación.
19. Dar a conocer a los y las estudiantes los temas, estándares y el sistema de evaluación  al iniciar cada período académico.
20. Informar los daños ocasionados por deterioro o mal uso de los enseres y materiales del aula o de las secciones a su cargo.
21. Los docentes no titulares deben estar en disposición para reemplazar y colaborar en las direcciones  de grupo y otras actividades.
22. Permanecer durante el  tiempo que se  considera completo (30  horas) en el colegio  y  laborar  durante dicho tiempo. Nuestro tiempo completo es de 30 horas. Debe haber disponibilidad para participar en  las actividades programadas para los días sábados y actividades de retiros y convivencias.
23. Acompañar a los y  las estudiantes a las actividades deportivas, siempre y cuando los directores de grupo o profesores organizadores los requieran.
24. Vincularse activamente y asistir obligatoriamente a los proyectos transversales y educativos que se requieran durante el tiempo que el colegio lo necesite.
25. Durante el tiempo de clase, el aula  debe permanecer con las puertas abiertas.
26. Estar veinte minutos antes de iniciar la jornada laboral, cuando le corresponda turnos de disciplina, y media hora antes cuando le corresponda turnos de vigilancia en el restaurante escolar.(servicio de desayuno).
27. Para retirarse del plantel debe pedir permiso al Coordinador académico y de convivencia social o en su defecto al rector o profesor encargado de disciplina.
28. Ser el último en salir del salón al iniciar los descansos de los y las estudiantes y a la última hora de clase.
29. Verificar al  iniciar  y terminar   las clases  que el salón esté en buen estado de limpieza y de orden.
30. Entregar a coordinación académica los informes del proceso formativo de sus estudiantes en los días señalados por  esta oficina  y aprobados por la Rectoría.
31. Iniciar  las clases del día, con una pequeña oración de gracias a Dios, o el Padre Nuestro.
32. Asistir a la celebración eucarística  con el curso con que le corresponde en esa hora de clase.
33. Si se es director de curso, Planear y ejecutar las actividades de grupo.
34. Entregar la planeación bimestral a la coordinación académica.
35. Tener su respectiva planeación bimestral de clases y ejecutarla debidamente. Puede ser exigida por las directivas del colegio o por coordinación académica.
36. Asistir a los comités de evaluación, a las reuniones de área, a las asesorías y jornadas pedagógicas.
37. Acompañar a los y  las estudiantes durante los descansos y controlar la interacción entre ellos - ellas y el aseo de los patios, pasillos y demás sitios comunes cuando se tenga turnos de disciplina.
38. Escuchar las inquietudes de los y las estudiantes, padres de familia, otros docentes y las diferentes instancias.
39. Conocer la situación personal y familiar de sus estudiantes, manteniendo las proporciones correspondientes así como una distancia ética.
40. Hacer cumplir el Manual de convivencia.
41. De ninguna manera esta permitido a los (las) educadores (as), sostener, mantener, propiciar, o establecer relaciones emocionales, sentimentales, erótico-sexuales o de índole amoroso con los y las estudiantes sin excepción, sea el docente titular o no. Su actuación será considerada como  una falta grave.
42. Estar pendiente de las ausencias y llegadas tarde de los y  las estudiantes de su curso, anotar en el observador del alumno o la alumna  y si es el caso iniciar con la Coordinación de Convivencia Social el debido proceso disciplinario.


NOTA: además,  de ser  un caso comprobado mediante descargos y debido proceso, se recurrirá  a la correspondiente denuncia frente a las instancias jurídicas  pertinentes para definir si hubo o no corrupción de menores en sus actuaciones. Dando estricto cumplimiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia 1098.


Auxiliar Administrativo  SECRETARIA

PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO: Desarrollar en la Institución Educativa  Técnica Nacionalizada Pablo VI actividades de revisión, registro, elaboración, recepción, reporte, actualización, expedición, notificación, control, confrontación, digitación, archivo y demás actividades que provengan de las funciones principales de esta dependencia
·         Cumplir con el horario asignado.  (De lunes a viernes):  7:00 A.M. a 1:00 M y de 2:00 P.M. a 4:00 P.M
·         Registrar y diligenciar de acuerdo con las normas vigentes, los documentos tales como:  libros de actas, validaciones, matrículas, calificaciones, etc.
·         Realizar el  proceso de Sistematización de Notas.
·         Recibir, clasificar y organizar la documentación del alumnado y tramitar correspondencia y demás documentos, oportunamente y con calidad.
·         Diligenciar y organizar la actualización de las Hojas de Vida de los funcionarios del Plantel.
·         Realizar los informes requeridos por la Secretaría de Educación, tales como DANE, pre matrícula, matrícula,  etc.
·         Realizar el proceso de Matrículas anuales y actualizar el SIMAT.
·         Integrarse con las actividades de la Institución


  PORTERO CELADOR           

PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO: Salvaguardar los bienes muebles e inmuebles de la Institución Educativa Técnica Nacionalizada Pablo VI”   para garantizar el buen funcionamiento de la Institución.


·  Cumplir estrictamente con el horario asignado y con los turnos respectivos.

·  Ejercer estricta vigilancia y velar por la seguridad de los bienes del Plantel, responsabilizándose de la entrada y salida de materiales
           Informar oportunamente a los superiores, sobre irregularidades que   se presenten.
Atender la portería de la Institución y no permitir entrada a particulares, sin autorización; ni salida de alumnos, docentes y administrativos, sin su respectivo permiso.
Timbrar para la entrada, formaciones, cambios de clase y salida.
Revisar cajas, bolsos, maletas, paquetes y demás que ingresen los visitantes al Colegio.
·         Registrar en el cuaderno, las visitas y hacerlas firmar.
·        Solicitar el documento de identidad y entregar la escarapela a los visitantes.
·         No dejar entrar personas en estado de embriaguez.
·         Abrir las aulas y dependencias a las horas autorizadas.
·         Atender correctamente a los visitantes
·         Colaborar con arreglos eventuales de las dependencias.
·         Pasar informe al día siguiente sobre las posibles anomalías presentadas durante el desarrollo de actividades autorizadas dentro de la Institución. (o al entregar el turno)

 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

PROPOSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO:    Ejecutar labores manuales o de simple ejecución que garanticen un desempeño óptimo de las actividades curriculares en la Institución Educativa  Técnica Educativa Pablo VI.
·     Cumplir estrictamente con el horario asignado, y no ausentarse del Plantel sin su respectivo permiso.
·      Mantener en completo orden y aseados, aulas especiales, oficinas, patios, servicios sanitarios, etc., del área asignada. (barrer, trapear, lavar, despolvar, limpiar telarañas, etc.)
·         Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
· Colaborar en la elaboración del tinto y mantener los respectivos implementos de la cafetería, aseados.
·         Informar sobre cualquier novedad que se presente.
·    Cuidar las jardineras, materas y demás áreas de jardines, regándolas y manteniéndolas desyerbadas.
·         Colaborar con los mensajes.
·         Integrarse con las actividades de la Institución.

  COORDINADORA DE CALIDAD

·         Gestionar, dar seguimiento y evaluar el Sistema de Gestión de la Calidad.
·         Informar a la alta dirección sobre el desempeño del sistema de gestión de la calidad y de cualquier necesidad de mejora.
·         Asegurarse de que se promueva la toma de conciencia de los requisitos del cliente en toda la comunidad educativa.
·         Aprobar la programación anual de auditorías y la revisión de las auditorías internas de la Calidad.
·         Realizar un control estricto a los resultados obtenidos en las Auditorías y a los planes de acción propuestos para las posteriores auditorías.
·         Asegurar que se establezcan, implementen y mantengan los procesos necesarios para el S.G.C
·         Coordinar el Comité de Calidad.
·         Hacer ajustes al S.G.C

JEFE DE AREA

·         Conocer y asumir la filosofía  de la institución
·         Responsable del Proyecto del Área y de la elaboración, control, evaluación y manejo lo relacionado con el área..
·         Representa el área ante el Consejo Académico y el Comité de evaluación y promoción.
·         Orientar y coordinar el desarrollo de todas las actividades de área.
·         Dirigir  la reunión de área según cronograma.
·         Promover la evaluación continua.
·         Canalizar las necesidades e intereses de los estudiantes y profesores.
·         Establecer  comunicación permanente  con los Directivos.
·         Promover la actualización de los integrantes del área.
·         Participar en los Comités que sea requerido.
·         Presentar el Proyecto, programación del área y demás instrumentos que sustenten los informes.
·         Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas según la naturaleza de su cargo.

  DIRECTORES DE CURSO

·  Primeramente acatar las normas legales vigentes en el trato con menores de edad, reglamentados en la Ley de Infancia y Adolescencia 1098, como garante de los estudiantes a su cargo.
·         No incurrir en encubrimiento, complicidad, negligencia u omisión en casos relativos a cualquiera de los y las estudiantes, lo anterior se considera como una acción punible de la cual responderá en primera persona frente a las instancias legales y jurídicas pertinentes, además que obstruye el debido proceso.
·         Conocer plena y absolutamente su responsabilidad legal frente a su actuación con  los y las estudiantes para no caer en acciones omisivas o cómplices. Dando cumplimiento al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia 1098.
·    Realizar, redactar y dar curso a las actas de pertinencia en los casos de faltas al manual, de casos especiales, de llamados de atención a los estudiantes a su cargo y respetar en toda instancia el debido proceso, así como firmar todos los procesos como primer garante del curso asignado. Su negligencia y omisión será reportada en los casos que involucren hechos punibles y se considera una falta gravísima.
·   Ser el animador, orientador y coordinador de las actividades  a realizar con los y  las estudiantes.
·      Velar primordialmente por el crecimiento integral de cada una de los y las estudiantes de su grupo.
·         Estructurar con sus estudiantes el proyecto de curso.
·   Dinamizar el proceso formativo de los y las estudiantes por medio de un  seguimiento personalizado.
·         Delegar en los y  las estudiantes funciones pertinentes a la dinámica del curso.
·         Promover una actitud de cuidado, limpieza y respeto por el aula de clase.
·  Colaborar  con sus estudiantes en las actividades culturales y deportivas adicionales programadas  por la institución y otras entidades a nivel municipal y departamental.
·         Planear anticipadamente las reuniones de padres de familia de acuerdo con las pautas dadas por la Rectoría  y/o Coordinación académica y de convivencia social.
·         Presentar los informes académicos y formativos de los y las estudiantes a los padres de familia.
·         Mantener una actitud entusiasta frente al desarrollo del proyecto educativo.
·         Ser mediador en las situaciones especiales que se presenten en el proceso formativo de los y las estudiantes, siempre consciente de su proceder y de su responsabilidad jurídico – legal en los casos que así lo requieran.
·    Controlar la asistencia de los padres de familia o acudientes a reuniones, informar de los problemas suscitados o  sugerencias  para la buena marcha general del curso.
·         Presentar por escrito, un informe académico y disciplinario al finalizar cada periodo escolar o si lo amerita con anticipación a la coordinación académica y de convivencia social.
·        Enfocar las direcciones de curso hacia la formación en valores, el crecimiento personal y la solución de conflictos.
·         Estar atento a los procesos que se lleven con los y  las estudiantes de su curso, hacer las observaciones correspondientes en el observador del o la alumna. Cuando sean hechos considerados como transgresiones de ley, elaborar el acta correspondiente y darle curso a las instancias pertinentes para cumplir así el debido proceso.
·         Velar, diariamente,  por el buen estado del mobiliario de su curso y por el aseo del salón.  Responder por lo que se le entrega al principio de año.
·  Realizar la dirección de grupo de acuerdo a la planeación orientada y aprobada por la. coordinación de Convivencia social.
·         Es el primer responsable de lo consignado en el observador del estudiante: aspectos positivos, negativos,  tanto académicos como de convivencia social.
·  Motivar y estimular el crecimiento académico y personal de los y las estudiantes.
·         Conocer  la situación personal y familiar de los y las estudiantes, guardando proporciones y distancias éticas.
·         Sugerir a la Comisión de evaluación y/o a la Coordinación de Convivencia social y académica la remisión de los y las estudiantes al profesional en  Psico-orientación encargado en el municipio (PAB, Hospital de Cubará, ICBF) cumpliendo así el debido proceso y siempre por escrito con copia a las instancias pertinentes.
·         Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia, además dando estricto cumplimiento a las normas legales y jurídicas pertinentes.

 COMITÉ  DE CALIDAD     

·         Establecer y controlar la documentación del S.G.C
·         Realizar el seguimiento de las quejas y sugerencias que se presenten.
·         Realizar el seguimiento y control de las acciones correctivas, preventivas y de mejora aplicadas sobre las no conformidades detectadas.
·         Planear las encuestas de satisfacción
·         Cumplir el plan de la calidad.
·         Responsable directo del buen desarrollo de todos los componentes que hacen parte del proceso de las auditorías internas de calidad como requisitos exigibles por la normativa correspondiente.
·         Debe establecer un plan de seguimiento a las acciones correctivas definidas por el responsable de la unidad auditada y de esta forma debe verificar la eficacia de las acciones correctivas y/o preventivas.
·         Responsable de la planeación, ejecución y seguimiento de las auditorías internas de calidad.
·         Coordinar el Comité de Calidad.
·         Hacer ajustes al S.G.C.
·         Participar en las reuniones de evaluación de los proveedores y hacer seguimiento de las acciones de mejoramiento que se determinen.


 ÓRGANOS, FUNCIONES Y FORMAS DE INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR.

El gobierno escolar es la expresión de la participación de todos los estamentos de la Comunidad Educativa en la toma de decisiones escolares.  La autoridad  se asume como ejercicio de la colegiabilidad por parte de un grupo representativo de la comunidad educativa y debe ser pluralista, además la autoridad se debe entender como servicio y facilitadora de procesos donde la misma comunidad ejerce la veeduría y el control. 

El gobierno escolar es la máxima y última instancia escolar para articular procesos administrativos, académicos y de proyección comunitaria para dirimir conflictos gestionar y decidir todo lo pertinente al ser y quehacer de la escuela. En especial el Consejo Directivo.

EL CONSEJO DIRECTIVO. Será elegido dentro del primer mes después de iniciar las clases y tendrá un período anual para ejercer sus funciones, pero sólo perderá su condición cuando sea elegido un nuevo consejo. Lo pertinente a este punto está contenido en la ley 115 de 1994, Art. 142, 143.  En ésta institución se va a funcionar el Consejo Directivo quedando integrado por:

·         Rector (quien lo preside): Elfar Eduardo Vega Caicedo
·         Dos docentes (nombrados por asamblea de profesores)
·         Dos padres de familia (elegido por el consejo de Padres o la Asociación de Padres en su Junta Directiva)
·         Un Estudiante (nombrado por el consejo estudiantil)
·         Un ex-alumno (escogido por el Consejo Directivo según firmas presentadas por los ex-alumnos asociados)
·  Un representante del sector productivo (será elegido por el Consejo Directivo de firmas presentadas por las agremiaciones productivas)

Los representantes nombrados deberán tener su residencia en el municipio de Cubará.

La pagadora  o persona encargada de manejar el Fondo de Recursos Docentes, participará en el Consejo Directivo con voz y sin voto cuando sean asuntos financieros. De igual manera estará presente   al final de año para elaborar el presupuesto de Ingresos y Gastos del año siguiente.

Funciones: Las funciones del Consejo directivo están estipuladas en el Decreto 1860, articulo 17 numeral 8.

·        Diseñar su propio reglamento interno
·         Participar en el manejo y aprobación del presupuesto
· Tomar decisiones para solucionar situaciones que afecten el buen funcionamiento de la institución
·      Participar en la planeación y evaluación del PEI , del currículo del plan de estudios y sometido a consideración del jefe de núcleo y la secretaría de educación
·         Fomentar la conformación de la asociación de los padres de familia
·         Aprobar el calendario académico
·         participar en la elaboración y el manual de convivencia
·         Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de los miembros se sienta lesionado-
·         Servir de mediador ente docentes administrativos y alumnos siempre que se hayan agotado todos los procedimientos
·         Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno
·     Recomendar criterios de participación de la institución en las actividades comunitarias, culturales y deportivas
·     Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones escolares en actividades educativas, recreativas, culturales, deportivas y sociales
·     Velar por el mantenimiento y cuidado de las plantas físicas, campos deportivos, restaurante escolar, muebles, enseres y vehículos de transporte escolar
·         Asistir y participar en las reuniones que cite la rectora de la institución
·      Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuando el debido, proceso lo amerite.
·         Aprobar el presupuesto de ingresos y  gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos autorizados, matrículas, pensión y transporte
·         Establecer mecanismos para permitir el uso de instalaciones, equipos y elementos de la institución para realización de actividades culturales, deportivos y recreativas de la comunidad.

EL CONSEJO ACADÉMICO: Esta instancia es convocada y presidida por el Rector, será conformado durante el primer mes después de iniciar el año escolar.

El Consejo Académico esta conformado por:
·         Rector
·         Directivos docentes (coordinador)
·         Un docente por cada grado ( en primaria)
·         Un docente por cada área en la básica y en la media
·         Director de núcleo, quien apoya y asesora en el cumplimiento de
Funciones establecidas en el Art. 145 de la ley 115 de 1994.

Funciones: Las funciones de esta instancia están contempladas en el artículo 25  del Decreto 1860
·         Organizar y orientar la acción pedagógica de la institución
·         Designar docentes para los comités de evaluación y promoción
·         Organizar y ejecutar la evaluación institucional
·         Analizar y determinar la situación académica de cada uno de        
    los estudiantes.
COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de una COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION de estudiantes por cada uno de los grados que ofrece la institución.

Estas Comisiones estarán integradas por los Titulares de cada grado, Docentes y Padres de Familia y un Delegado de la Rectoría.

FUNCIONES
·      Convocar reuniones generales de docentes  por áreas, para analizar y proponer políticasmétodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.

·         Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores y logros a los alumnos que tengan dificultades en su obtención.

·  Analizar situaciones relevantes de desempeños bajosen áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.

·   Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con necesidades educativas especiales.

·         Servir de instancia para decidir sobre aplicaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o docentes, que consideren se haya violado algún derecho en eproceso de evaluación, y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.

·         Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en sistema institucional de evaluación definido en el presente Acuerdo

  
COMITÉ DE CONVIVENCIA

Este comité no hace parte del Gobierno Escolar, entendiéndose como un estamento conciliador para la solución de casos de comportamiento de los estudiantes. Establecido mediante decreto 1716 de Mayo 14 de 2009

En la I.E. Técnica Nacionalizada Pablo VI este comité está conformado por 5 docentes con aptitudes conciliadoras, las dos coordinadora, la sic orientadora, un padre de familia, un estudiante, el o   la personero estudiantil.
  
En caso necesario se convoca al Comisario de Familia: a función principal es oír a las partes involucradas en los casos de comportamientos indebidos entre estudiantes y miembros de la comunidad educativa, con el fin de buscar alternativas para mediar y solucionarlos y de esa manera evitar que lleguen a instancias de mayor gravedad.

Será citados cuando la situación lo amerite y dejarán evidencias de las acciones realizadas tendientes a dar solución pronta y oportuna a las actuaciones indebidas presentadas.

EL CONSEJO DE PADRES: Según el artículo 31 del Decreto 1860,  el Consejo de Padres es un órgano de asociación de padres. 

Es el medio para asegurar la participación de los padres y/o acudientes autorizados  en el proceso pedagógico del establecimiento.  Está integrado por dos representantes de los alumnos de cada uno de los cursos que ofrece el colegio.


  
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA La asociación de padres de familia está conformada por todos los padres y/o acudientes de los estudiantes matriculados en el colegio, Debe ser elegida  45 días luego de iniciar labores, deben elaborar su propio reglamento. Cada grupo elige sus representantes de los cuales elige la mesa directiva así.

DIRECTIVA DE LA ASOCIACION

EL CONSEJO ESTUDIANTIL: Brinda la oportunidad al estudiante de libre participación y liderazgo como base para la formación integral del alumno.

El Consejo estudiantil como máximo organismo representativo de los alumnos debe garantizar y asegurar el continuo ejercicio de la participación.  Estará integrado  por un delegado de cada grupo de las diferentes secciones, a partir del  grado tercero de primaria.
Al estudiante que cumpla con el perfil requerido por la institución en cuanto al desarrollo de sus  labores académicas y de  comportamiento.

Funciones del Consejo Estudiantil.

·         Ser vocero de las inquietudes del curso que representa
·         Elegir al representante de los estudiantes al Consejo Directivo del grado once.
·         Promover el cumplimiento de deberes y derechos de los alumnos.
·         Participar en la Elaboración y Evaluación del PEI y el MANUAL DE CONVIVENCIA.
·         Cumplir y hacer cumplir todos los aspectos del MANUAL DE CONVIVENCIA.
·         Revocar  el mandato del personero, previo plebiscito en cada uno de los grados.
·         Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección.
·         Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.


PERSONERO ESTUDIANTIL: La comunidad siguiendo los parámetros de la Ley 115 en su artículo 94 promueve la elección del personero (a), siendo este un alumno de último grado por medio del proceso democrático del voto secreto organizado por el departamento de ciencias sociales.

El estudiante elegido actuará como promotor de los deberes y derechos de la comunidad estudiantil

Los aspirantes a este cargo  deben tener el siguiente perfil según Resolución Interna del Consejo Directivo.
·         Estar matriculado en el grado once
·         Buen rendimiento académico durante su permanencia en el plantel.
·         Excelente comportamiento social
·         Conocer el PEI y  especialmente  el MANUAL DE CONVIVENCIA
·         Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la Comunidad Educativa
·         Poseer capacidad de liderazgo, ejemplo, comunicación, dinamismo, creatividad y tener habilidad  de manejar conflictos dando posibles soluciones.
·         Presentar a la comunidad estudiantil una propuesta de trabajo clara, concreta y viable.
·         Haber cursado por lo menos los dos años anteriores en el  establecimiento.

Responsabilidades y tareas del  personero: Según el artículo 94 de la Ley General de educación  el personero tendrá las siguientes responsabilidades y tareas además de las que le confiere el presente manual de convivencia.
·         Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.
·         Recibir y evaluar las quejas y reclamos de  los alumnos
·         Presentar ante el Rector las solicitudes de oficio o petición que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes.
·         Presentar ante el Rectorado el cronograma de actividades a desarrollar según su propuesta de trabajo para revisión  y visto bueno.
·         Estar presente en las situaciones de índole académica y disciplinaria, siendo mediador entre las partes en conflicto.
·         Participar en la elaboración del PEI y el MANUAL DE CONVIVENCIA.
·         Asistir a las reuniones del consejo directivo cuando sea necesario.

Las solicitudes o peticiones hechas por el personero(a) serán resueltas en última instancia por el Consejo Directivo, o la autoridad  competente siguiendo el conducto regular.

Se declarará  insubsistente  el cargo de personero  cuando no cumpla con sus funciones o cometa faltas graves.  Hecho que cumplirá el organismo que lo Eligió apoyado por el Consejo Directivo y en su lugar será    nombrado  quien haya obtenido el segundo renglón en votación.

Para las diversas sedes, ellas eligirán a un estudiante de quinto grado o ultimo año que se de en la escuela y representará a sus compañeros ante el consejo estudiantil y se comunicara con el Personero de la sede principal.